La declaración SIPSI de trabajadores desplazados en Francia y otras obligaciones legales aplicables
¿Qué es la declaración SIPSI?
Cualquier empresa extranjera de Francia que se proponga a prestar un servicio en Francia que implique el desplazamiento de sus trabajadores en territorio francés deberá presentar, antes del inicio de su intervención en Francia, una declaración previa de desplazamiento de cada trabajador desplazado a la inspección de trabajo del lugar donde se preste el servicio.
Este trámite se conoce como la declaración SIPSI (acrónimo de «Sistema de información sobre las prestaciones de servicios internacionales»).
Esta formalidad concierne también, en determinados casos específicos de desplazamiento, a las empresas de transporte que deben presentar un certificado de desplazamiento adaptado a su actividad.
¿Cómo funciona la declaración de desplazamiento SIPSI?
- Obligación de declarar: En aplicación del derecho laboral francés, las empresas extranjeras que desplazan trabajadores a Francia deben hacer una declaración previa de desplazamiento a las autoridades de la administración laboral competentes. Esto se aplica generalmente a los proveedores de servicios.
- Plataforma web SIPSI: La declaración de desplazamiento se realiza a través de la plataforma SIPSI https://www.sipsi.travail.gouv.fr/auth/login , que es un sistema informático creado por las autoridades francesas. Las empresas deben registrarse en la plataforma (ya sea directamente, ya sea vía su representante en Francia) y proporcionar la información requerida como:
- Los datos del Representante en Francia de la empresa (La empresa debe designar un representante presente en territorio francés durante la duración del servicio que se encargará, si corresponde, de comunicar con la administración laboral francesa en nombre de la empresa extranjera);
- La identidad y los datos de contacto de la empresa para la que trabajan habitualmente los trabajadores,
- Las informaciones relativas a la empresa francesa destinataria de la prestación;
- los datos personales de los empleados desplazados y sobre la seguridad social,
- la duración prevista del desplazamiento,
- la remuneración percibida por el trabajador;
- Si procede, el lugar del alojamiento colectivo de estos trabajadores.
- Verificación de la información: Una vez presentada la declaración a través de la plataforma SIPSI, la administración laboral francesa puede verificar la información facilitada. Así, pueden ponerse en contacto con la empresa (o su Representante designado en Francia) para obtener aclaraciones o documentación adicional si es necesario.
- En este marco, la empresa extranjera debe poder comunicar, a la solicitud de la administración laboral francesa, la documentación siguiente:
- A/ Documentos relativos a la situación de los trabajadores desplazados:
- Independientemente de la duración del desplazamiento:
- El documento que justifique la afiliación del trabajador desplazado a la seguridad social del país de origen (en el caso de trabajadores desplazados desde un país de la UE, el certificado A1);
- Un registro las horas trabajadas a diario por cada empleado desplazado;
- Un certificado médico que declare apto el trabajador o documento “equivalente” del país de origen;
- Cualquier documento que acredite el pago efectivo de la remuneración;
- Si corresponde, el permiso de trabajo que permita al trabajador nacional de un tercer país ejercer una actividad en Francia.
- Cuando el desplazamiento tenga una duración de un mes o más: las nóminas de cada trabajador desplazado relativas al periodo de desplazamiento o cualquier documento equivalente que acredite la remuneración recibida y que incluya la siguiente información:
- Remuneración;
- Período y horas de trabajo a que se refiere el salario, distinguiendo entre las horas pagadas a la tasa normal y las que implican aumento (horas extras a partir de la 36ª hora semanal trabajada;
- Vacaciones y días festivos, y elementos remunerativos relacionados con ellos;
- Condiciones de sujeción a los fondos de vacaciones y de mal tiempo, en su caso que se aplique;
- En su caso, el título del convenio colectivo de sector aplicable al trabajador.
- Cuando el desplazamiento es inferior a un mes: cualquier documento que acredite el cumplimiento de la remuneración mínima.
- Independientemente de la duración del desplazamiento:
- B/ Documentos relativos a la empresa extranjera que desplaza al trabajador:
- Si la empresa está establecida fuera de la Unión Europea, el documento que acredite la regularidad de su situación en materia de seguridad social de los trabajadores ya sea en el marco de en aplicación de un convenio internacional de seguridad social celebrado con Francia, o en ausencia de convenio aplicable, el certificado de presentación de la declaración social establecida por el Centro Nacional de Empresas Extranjeras (CNFE) con una antigüedad inferior a seis meses.
- A/ Documentos relativos a la situación de los trabajadores desplazados:
- En este marco, la empresa extranjera debe poder comunicar, a la solicitud de la administración laboral francesa, la documentación siguiente:
Cumplimiento de las obligaciones legales imperativas de derecho francés: Durante el período de desplazamiento, la empresa de desplazamiento está obligada a cumplir con las leyes y reglamentos laborales franceses considerados “imperativos”, lo que incluye entre otras cosas, las condiciones de remuneración, las horas máximas de trabajo, las condiciones de salud y seguridad, etc.
Incumplimiento de la declaración SIPSI
¿Qué sanciones pueden incurrir las empresas extranjeras en caso de incumplimiento de sus obligaciones legales relativas a la declaración SIPSI?
El incumplimiento de la obligación de declaración de desplazamiento SIPSI en Francia puede dar lugar a diversas sanciones previstas por las legislaciones laboral y penal francesas. Las penas pueden variar en función de la gravedad del incumplimiento y de las circunstancias específicas de cada caso. Las posibles sanciones incurridas por la empresa extranjera serían las siguientes:
- Sanciones administrativas: La inspección laboral territorialmente competente puede imponer sanciones administrativas a la empresa que no haya realizado la declaración de desplazamiento o haya facilitado información incorrecta o incompleta. Estas sanciones pueden incluir advertencias, multas administrativas, suspensión temporal de la actividad de desplazamiento, prohibición de licitar contratos públicos, etc.
- Sanciones penales: En casos de fraude o falsas declaraciones intencionales, se podrá iniciar un proceso penal contra la empresa y las personas responsables de la empresa (administradores legales de la empresa o personal de la con delegación de poder responsable de estos trámites, por ejemplo). Las sanciones penales pueden incluir grandes y encarcelamiento para los administradores de la empresa extranjera.
- Responsabilidad solidaria: En virtud de la legislación francesa, las empresas que encomiendan los trabajos o las empresas que utilizan servicios que utilizan trabajadores desplazados pueden ser consideradas solidariamente responsables con la empresa extranjera que desplaza los trabajadores, en caso de incumplimiento de las obligaciones de desplazamiento, en particular en lo que respecta al salario mínimo, las horas de trabajo y las condiciones de trabajo.
Cabe señalar que las sanciones y medidas aplicadas pueden ser específicas de cada caso y pueden depender de la valoración de las autoridades competentes. Por lo tanto, es esencial remitirse a las disposiciones legales vigentes y obtener el asesoramiento legal adecuado para obtener información precisa sobre las sanciones aplicables en caso de no cumplir las obligaciones de la declaración previa de desplazamiento SIPSI.